Derecho Administrativo
El Estado colombiano deberá responder patrimonialmente por los daños causados como consecuencia de la acción u omisión de las autoridades públicas.
PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD
La privación injusta de la libertad es el injusto padecimiento de una persona de la restricción a la libertad personal por parte del Estado a través de su rama jurisdiccional.
REPARACIÓN DIRECTA
Se podrá demandar al Estado cuando cause perjuicio a alguna persona en situaciones como:
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Acción, cuando el Estado de manera activa causa el perjuicio.
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Omisión, cuando por inactividad de las obligaciones propias de la entidad se causa el daño.
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Operación administrativa, cuando la administración se encuentre en ejecución de una orden emitida a través de un acto administrativo y cause perjuicios.
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Ocupación temporal o permanente de un inmueble.
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Un hecho.
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Por cualquier otra causa imputable a una entidad pública.
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
Toda persona que se crea lesionada en un derecho subjetivo amparado en una norma jurídica, podrá pedir que se declare la nulidad del acto administrativo particular, expreso o presunto, y se le restablezca el derecho; también podrá solicitar que se le repare el daño.